CDMX

De 4 a 8 años de cárcel: proponen nueva pena por abandono de adultos mayores

Por admin · 02 Oct 2026

El abandono de personas adultas mayores podría recibir sanciones más severas en la Ciudad de México. La diputada Adriana Espinosa de los Monteros García presentó ante el Congreso capitalino una iniciativa para reformar el artículo 156...

El abandono de personas adultas mayores podría recibir sanciones más severas en la Ciudad de México. La diputada Adriana Espinosa de los Monteros García presentó ante el Congreso capitalino una iniciativa para reformar el artículo 156 y adicionar el 156 Bis del Código Penal local, con el propósito de establecer penas específicas cuando exista una obligación legal de cuidado.

La propuesta contempla de cuatro a ocho años de prisión y de 300 a 600 días de multa, además de la pérdida de los derechos que el responsable tenga respecto de la víctima, incluidos los de carácter sucesorio. El supuesto se aplicaría cuando una persona mayor, incapaz de valerse por sí misma, sea abandonada sin motivo justificado por quien tenga legalmente la obligación de cuidarla.

Actualmente, el artículo 156 del Código Penal para el Distrito Federal establece una pena de tres meses a tres años de prisión para quien abandone a una persona incapaz de valerse por sí misma, incluidas las personas adultas mayores o con discapacidad, cuando exista una obligación de cuidado y no se produzca lesión o daño.

El proyecto plantea además una agravante cuando el abandono genere daños a la salud física o mental de la persona mayor. En ese supuesto, la pena propuesta podría incrementarse hasta en una mitad. Si como consecuencia del abandono se produce la muerte de la víctima, la iniciativa establece una sanción de 10 a 16 años de prisión, sin perjuicio de otras responsabilidades penales que pudieran configurarse.

Durante su exposición, Espinosa de los Monteros sostuvo que el problema no debe considerarse únicamente como un asunto privado o familiar cuando existe un deber jurídico de cuidado. La iniciativa busca delimitar que la intervención penal se dirija al abandono injustificado de personas en situación de dependencia, y no a las dificultades económicas o materiales que pueden enfrentar las familias para cumplir con sus responsabilidades.

La propuesta también coloca el problema dentro de una discusión más amplia sobre las condiciones de cuidado en la vejez. La legisladora señaló que las mujeres mayores pueden enfrentar una situación de especial vulnerabilidad después de haber dedicado parte importante de su vida al trabajo doméstico y de cuidados, particularmente cuando llegan a esta etapa sin redes de apoyo suficientes.

El tema también tiene una dimensión institucional. De acuerdo con información del INEGI, en los registros correspondientes a 2024 se contabilizaron 92 casas hogar para personas adultas mayores entre los alojamientos de asistencia social operados por administraciones públicas municipales o demarcaciones territoriales consideradas en el Censo Nacional de Gobiernos Municipales y Demarcaciones Territoriales 2025.

La propia iniciativa plantea que un endurecimiento de las sanciones no debería operar de manera aislada. La diputada propuso acompañar el fortalecimiento del marco penal con políticas de prevención, sistemas de cuidados accesibles, mecanismos de atención y canales para detectar oportunamente situaciones de riesgo.

El punto central de la propuesta será determinar con precisión cuándo existe un abandono penalmente sancionable, considerando la obligación legal de cuidado y las circunstancias concretas de cada caso. Esto resulta relevante porque el marco vigente ya contempla el delito de abandono, por lo que la reforma busca establecer un tratamiento específico para las personas adultas mayores y aumentar las consecuencias jurídicas en determinados supuestos.

Tras la presentación en tribuna, la Mesa Directiva del Congreso de la Ciudad de México informó que la iniciativa será remitida a la Comisión de Administración y Procuración de Justicia para su análisis y eventual dictaminación. Por ahora, las nuevas sanciones forman parte de una propuesta legislativa y no constituyen todavía una modificación vigente al Código Penal capitalino.